La Junta Central Electoral (JCE), emitió este jueves una resolución que regula la participación de los funcionarios públicos en los períodos de precampaña y la campaña electoral de cara a las elecciones del 2024.
A través de la resolución 28-2023 el organismo comicial establece la prohibición de la utilización de los recursos del Estado en provecho propio de los funcionarios o de terceras personas y quienes incurran en esta práctica pueden enfrentar hasta tres años de prisión.
La resolución está dirigida a todos los funcionarios públicos que hayan sido designados por decretos del Poder Ejecutivo, o por nombramientos en instituciones públicas y a los funcionarios de los ayuntamientos a nivel nacional.
“En el caso de los funcionarios y autoridades que pertenecen a otros poderes del Estado u órganos constitucionales y que hayan decidido manifestar sus aspiraciones a un cargo de elección popular a través de una organización política, los mismos se regirán conforme a las prohibiciones, limitaciones e incompatibilidades previstas en las leyes y normas de sus respectivos ámbitos”, establece la resolución.
La resolución también establece la prohibición de la aceptación de dinero ilícito durante la precampaña. La resolución señala que los partidos que reciban financiamiento por parte de funcionarios públicos sin prejuicio de que terceras personas que participen en dicha operación y que no son funcionarios públicos también puedan ser sancionados por las vías que establece la ley serán susceptibles de ser condenados al pago de una multa del doble de la contribución ilícitamente aceptada.a
simismo, queda prohibida la propaganda en los edificios de las instituciones públicas por lo cual los funcionarios deberán abstenerse a utilizar bajo cualquier circunstancia estas instalaciones del estado que se encuentran a su cargo para realizar dicha propaganda o promoción de aspiraciones a lo interno de las organizaciones políticas.
“Durante el período de la precampaña las instituciones públicas del Estado y sus incumbentes deberán abstenerse utilizar, bajo cualquier modalidad en la publicidad de dichas instituciones, elementos propagandísticos de tipo político o que entrañen la promoción de las aspiraciones políticas ya sea del incunbente de dicha institución o de los demás funcionarios de dichas instituciones”, establece la séptima disposición.
La JCE destacó en su resolución que los símbolos patrios no puedan ser utilizados como elementos de promoción política o como elementos asociados a los procesos internos de los partidos y también exigió un respeto a los símbolos religiosos del pueblo dominicano para que no sean utilizados como promoción política.
Las disposiciones aplicables a los funcionarios públicos durante el periodo de la campaña electoral prohíben que durante los 40 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y 60 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresales la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central de las alcaldías.
El organismo establece que la administración pública central y las entidades públicas autónomas y descentralizadas y las alcaldías se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitario extraordinario exceptuando los casos en lo que ocurran catástrofes o eventos naturales de fuerza mayor que por sus características requieran de dichos programas.
Las sanciones administrativas para los funcionarios públicos que no cumplan con lo dispuesto en la resolución serán de 1 a 200 salarios mínimos; a los candidatos de 1 a 200 salarios mínimos y una multa 50 a 100 salarios mínimos vigentes en el sector Público