El inspector general del Ministerio Público, José Vitervo Enrique Cabral González, entrevistó la mañana de este martes al fiscal titular de Santo Domingo Oeste, Edward López, a la encargada de la Unidad de Violencia de Género de ese municipio, Nancy Abreu, y a la fiscal investigadora del caso, Altagracia Brache, en relación al manejo que dieron a la denuncia por violencia de género de la comunicadora Chantal Jiménez, que posteriormente fue asesinada por su expareja Jensy Graciano el Sábado Santo.  

Ayer, la Procuraduría General de la República instruyó a la Inspectoría del Ministerio Público la investigación del caso, que ha conmocionado a la sociedad dominicana.

De acuerdo a las informaciones colectadas, el pasado 5 de abril, Jensy Graciano disparó sin éxito contra Jiménez en la vía pública, quien posteriormente interpuso una querella. El hombre fue apresado y, de acuerdo al padre de la occisa, él mismo la convención de retirar las acciones legales en contra de su exyerno.

Graciano fue liberado y se le notificó una orden de protección a favor de Jiménez para que no se le acercara.

El feminicida hizo caso omiso a este documento, buscó a Jiménez en la urbanización Fernández el Sábado Santo, tres días después, y le dio el tiro mortal, seguido se suicidó con la misma arma de fuego.

¿Qué busca la PGR con la investigación a sus fiscales?

La Inspectoría debe investigar si se violaron las instrucciones generales para la prevención y persecución de los casos de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales para que la PGR tome las acciones de lugar “a fin de evitar la ocurrencia de hechos similares”.

En un comunicado difundido este lunes, la Procuraduría recordó a sus fiscales que el numera 5 del protocolo en los manejos de casos de violencia de género establece que “cuando una víctima desiste de su denuncia o proceso, esta acción para nada compromete el accionar del Ministerio Público, que debe procurar siempre, a parte del testimonio de la víctima, otros elementos probatorios por si se produce tal circunstancia. Recordamos que estos delitos son de orden público y, no obstante, deben continuarse hasta el final. La víctima desiste por estar envuelta en el Síndrome de la Mujer Maltratada, por no reconocerse como víctima, por la presión social a la que es sometida y por la vergüenza que siente sobre lo que pasa”.

Indica, además que en virtud de esa situación: “queda totalmente prohibido levantar actas de compromisosen materia de violencia de feminicida. A tales fines, la postura del Ministerio Público deberá permanecer invariable, a pesar de que la víctima como consecuencia del Síndrome de la Mujer Maltratada o la indefensión aprendida, quiera establecer un acuerdo». 

Arma de fuego

La Procuraduría General destacó que investiga también si se tomó en cuenta el contenido de las instrucciones en otros aspectos.

El numeral 4 de las instrucciones sobre el tipo y forma de las heridas o golpes, el cual indica: “Una manera efectiva para determinar si la víctima está en riesgo de muerte, es prestando mucha atención en el tipo de golpes y heridas proferidos. Señalamos un significado de alta importancia las agresiones en el cuello, la caja torácica o en las manos cuando han sido consecuencia de evitar una agresión en las partes del cuerpo antes mencionadas, el fiscal no solo debe ver la incapacidad médico legal, ya que estos casos son de altísimos riesgos feminicida”.

Explica el Ministerio Público que respecto a las armas de fuego, las instrucciones señalan: “Deberá ser retenida toda arma de fuego, sin importar que sea de porte y tenencia legal, cuando estas estén en posesión de un acusado de violencia de género, intrafamiliar y sexual, especialmente cuando este ha sido parte de la violencia o amenaza infringida”.

Las instrucciones fueron remitidas a todo el Ministerio Público del país en el mes de noviembre del año 2020, por la procuradora general Miriam Germán Brito.