El Colegio de Abogados sometió un Habeas Corpus en favor de Rudy Roberto Santos Ramírez, quien aparece en un video rogando por su libertad, denunciando públicamente la ilegalidad de prisión, por falsa acusación de violencia contra la inquilina que quería evitar su desalojo inmueble propiedad de dicho ciudadano, que alegaron un fuerte discusión en presencia del esposo de dicha inquilina, quien de haberse generado dicha agresión, hubiera intervenido para defender a su cónyuge. 

«Estamos en presencia de un verdadero abuso de poder del Sistema de Justicia, contra una persona con discapacidad, que es mantenida ilegalmente en la cárcel por casi 3 años, mas del duplo permitido por el artículo 241 del Código Procesal Penal, que consagra cese de la prisión preventiva a los doce meses de imposición; Frente a una acusación absurda, sin pruebas, sin fundamento, sin víctima pues nunca asiste al proceso; Y que el Tribunal Colegiado de San Pedro de Macorís, supuesto garante imparcial de los derechos fundamentales de los justiciables, emite nota de prensa, no solo tergiversando los hechos, pues no se trata de violación sexual, ni violencia contra menores, sino violencia curables a los 5 días, según refiere el certificado medico forense y la denuncia de la supuesta victima; Hechos que de comprobarse conllevan una pena máxima de 60 días, al tenor del artículo 311 del Código Penal; Dicho Tribunal, supuesto encargado de “juzgar” a Ruddy Santos, miente descaradamente al no existir sentencia condenatoria contra Ruddy Santos, pues la emitida en su contra, fue anulada por la Corte de Apelación, por ausencia total de sustento probatorio» sostuvo Miguel Surum Hernández.

Surum Hernández, consideró que situaciones como esa, reflejan la grave crisis institucional que afecta el país, donde el mismo sistema de justicia, en lugar de proteger los derechos de los imputados, tergiversa aviesamente lo hechos para justificar lo que consideró como un secuestro perpetrado por quienes están sujeto a granizar los derechos.

Asimismo, lamentó que el sistema de justicia dominicano pisotea todo el bloque de constitucionalidad garante de los derechos fundamentales, por defender su imagen antes que los derechos ciudadanos, defiende lo indefendible, en franca violación del artículo 40.6 de la Constitución donde se dispone la inmediata puesta en libertad de quienes se encuentren privados de libertad irregularmente, tal y como ha ocurrido en los casos de corrupción y narcotráfico, en cuyo favor fue dictadas ordenes de libertad tan pronto cesaron sus prisiones preventivas por efecto de la duración máxima de dicha medida de coerción, consagrada en el artículo 241 del Código Procesal Penal.

Además puntualizó que dicho caso plasma el fracaso institucional de un sistema de justicia incapaz de garantizar mínimamente los derechos consagrados en la Constitución dominicana, incluyendo presunción de inocencia, debido proceso y derecho a Juez imparcial, salvo que se tengan recursos económicos o políticos.