En República Dominicana son recurrentes las destituciones de jueces después de ser hallados culpables de “recibir dinero” para beneficiar a una de las partes en los procesos que presiden y que, según la Ley 76-02, del Código Procesal Penal, puede ser un motivo para anular una sentencia, aunque esta haya “adquirido la autoridad de las cosas irrevocablemente juzgada”.

La opción que dispone la mencionada ley a los afectados es un “recurso de revisión”, establecido en el artículo 428, que describe en cuáles casos se puede interponer contra esos fallos definitivos y en los que se incluyen los dictámenes condenatorios pronunciados “a consecuencia de prevaricación o corrupción de uno o más jueces, cuya existencia sea declarada por sentencia firme”.

El mismo Código otorga competencia a la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para conocer los recursos de revisión y que, de admitirlos, procederá “directamente o por delegación en uno de sus miembros a la práctica de toda medida de investigación que estime pertinente y celebra audiencia”, establece el artículo 432.

Durante la tramitación de la impugnación, la SCJ “puede suspender la ejecución de la sentencia recurrida y disponer la libertad provisional del condenado o la aplicación de una medida de coerción”.

“Al resolver la revisión”, la Sala Penal de la Alta Corte “puede rechazar el recurso, en cuyo caso la sentencia atacada queda confirmada; o anular la sentencia”, estatuye el 434.

“Cuando resulte la absolución o la extinción de la pena” ordenará la libertad del condenado si está preso o decide “la rebaja procedente, cuando la ley haya disminuido la pena establecida”. Puede ser también que dictamine la celebración de un nuevo juicio, cuando es necesaria una nueva valoración de la prueba.
 

Destitución de Rodríguez Consoró 

Desde el año 2020 han sido destituidos un total de nueve jueces por el Consejo del Poder Judicial (CPJ). El caso más reciente de destitución de un juez por prevaricación es el del magistrado Francisco Rodríguez Consoró, juez del Noveno Juzgado de Instrucción adscrito a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Según el CPJ, la investigación contra Rodríguez Consoró “revela la existencia de pruebas y acciones suficientes, serias, precisas y concordantes”, que comprometieron la responsabilidad del magistrado, al que acusa de violar la Ley de Carrera Judicial, “en su artículo 44 de numeral 5 sobre solicitar, aceptar o recibir, directamente o por persona interpuesta, gratificaciones, dádivas, obsequios, comisiones o recompensas, como pago por actos inherentes a su investidura”. El CPJ hace referencia a la acusación de que este juez recibió una suma de dinero por parte del imputado Sidney Rafael Matías Pérez, alias “El Fuerte”, para otorgarle la libertad en una solicitud de medida de coerción en su contra.

Rodríguez Consoró fue el juez que favoreció a los acusados de la venta irregular de los terrenos de todo el sector de Los Tres Brazos, al rechazar la solicitud del Ministerio Público de enviar a juicio de fondo a todos los acusados.

Por ese mismo expediente también se le investigó y, aunque el (CPJ) determinó que al diferir el fallo “para un mes y 18 días después de la audiencia donde quedaron cerrados los debates, inobservando la regla de manera irracional el artículo 301 del Código Procesal Penal”, que, según el mismo organismo, “puede afectar la confianza”, afirma que “no constituye, por sí misma, una prueba suficiente” el hecho de que haya viajado en esos días al extranjero para supuestamente recibir dinero de los implicados, como lo acusó la Inspectoría General del Poder Judicial.

Lo que dice Rodríguez Consoró sobre Los Tres Brazos.

En su defensa, Rodríguez Consoró calificó de «risible» la acusación de la Inspectoría Judicial de que recibió dinero por el caso de Los Tres Brazos.

«¿Dónde están las pruebas de dicha afirmación? ¿Quién en su sano juicio es capaz de inventar una locura como esta, cuando este es un caso de interés social y que tiene los ojos de la sociedad y líderes de opinión encima? Lo que sucedió es que este caso se le vendió una esperanza al pueblo; se le creó una expectativa al pueblo a través de los medios de comunicación cimentada en el populismo judicial o mejor dicho, populismo penal, con el juicio paralelo en los medios de comunicación, mientras se le presentó al tribunal un expediente vacío de pruebas», alega el magistrado destituido.