De las jornadas del calendario de actividades administrativas y plazos legales de la Junta Central Electoral (JCE) antes de las elecciones, resalta de todas la veda electoral.

El resto de preparativos exigidos en la Ley Electoral 20-23 como forma de garantizar que las elecciones transcurran sin contratiempos, fue completado por el órgano comicial.

Según la ley antes citada, este martes (cinco días antes de las elecciones) deberán ser distribuidos a las juntas electorales los materiales a utilizar, sin embargo, dichos trabajos fueron concluidos el pasado fin de semana.

A partir del miércoles quince de mayo (no más de 4 días antes), los presidentes y secretarios de los colegios electorales deberán empezar a retirar las valijas ya enviadas a las juntas electorales y tendrán hasta el día 17 para completar la tarea.

El día jueves, entrará en vigor la veda electoral consistente en un primer momento, en la prohibición de realizar actos de proselitismo incluyendo reuniones, manifestaciones o mítines. Esta es la razón por la que algunas organizaciones políticas realizaron su cierre de campaña el pasado domingo mientras que otras opositoras, lo harán el día miércoles de esta semana.

El viernes 17 de mayo, serán igualmente suspendidas las promociones políticas en los medios de comunicación, cerrando así el ciclo de campaña electoral.

A partir del sábado a las siete de la mañana (24 horas antes de las elecciones) quedarán prohibida la venta de bebidas alcohólicas, una disposición contenida en el artículo 232 de la Ley Electoral. Ayer, el Ministerio de Interior y Policía emitió un comunicado dirigido a los comerciantes refiriendo la medida legal.

La entidad explicó que la prohibición rige 24 horas antes del proceso y hasta doce horas después de culminada las elecciones.

“Les comunicamos que las unidades del COBA, estarán realizando un recorrido continuo para velar por el cumplimiento de esta veda electoral, a su vez deseamos que ambas partes estemos claro, que la violación de esta, implicará un cierre temporal, tal como se establece en el Decreto 308-06”.

Tras las elecciones

Tras las elecciones que deberán realizarse el domingo 19 de mayo entre siete de la mañana y cinco de la tarde, la JCE tiene legalmente dos días para terminar el cómputo electoral y hasta el día 22 de mayo para la presentación de anulaciones.

Deberá conocer y fallar sobre las impugnaciones entre los días 24 y 25 de mayo mientras que candidatos y partidos políticos tendrán hasta el 27 para presentar apelaciones sobre las decisiones de las juntas electorales ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), corte que deberá decidir a más tardar el día primero de junio.

De ser necesario, una nueva proclama electoral será emitida el día dos de junio para una segunda vuelta electoral.
El 18 de junio es la fecha límite para formular la relación general de candidatos electos y votos logrados.

De acuerdo con el calendario legal, una segunda vuelta electoral se realizaría el 30 de junio. Esto no ha sido necesario desde el año 1996 cuando, la alianza entre el Partido de la Liberación Dominicana y el Partido Reformista Social Cristiano que llevaban a un joven Leonel Fernández como candidato presidencial, derrotaron en segunda vuelta al Partido Revolucionario Dominicano y su líder histórico, José Francisco Peña Gómez.

Si bien para las elecciones del año 2000, Hipólito Mejía del Partido Revolucionario Dominicano no logró el 50 % más uno de los votos, no fue necesaria una segunda vuelta ante la imposibilidad de que el PLD y el PRSC volvieran a ponerse de acuerdo.